Regl. 9733, art. VII-8.4

Análisis de Precios

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Cite as Reglamento Núm. 9733, Art. VII-8.4

El análisis de precios consiste en la evaluación de un precio propuesto sin analizar los elementos de costos que lo componen, conforme a FAR 15.404-1(b). Ave. Barbosa #606 Edificio Juan C. Cordero Dávila Piso 9, San Juan, PR 00918 PO Box 363188 San Juan, PR 00936-3188 Tel. (787)759-9407 www.avo.pr.dov Página 21 Manual de Adquisiciones Administración de Vivienda Pública a. En los casos de Compras Pequeñas y en la mayoría de los procesos de Licitación Sellada, la AVP realizará una comparación entre los precios recibidos y el Estimado Independiente de Costos (ICE) preparado por el Área Usuaria, con el fin de asegurar que el precio seleccionado sea razonable, conforme a 2 C.F.R. § 200.404 y las disposiciones aplicables del FAR. b. El Área de Adquisiciones podrá utilizar uno o más de los siguientes métodos para el análisis de precios: i. Comparar los precios propuestos recibidos en respuesta a la solicitud; ii. Comparar los precios propuestos con contratos adjudicados durante los dos (2) años fiscales anteriores; iii. Aplicar indicadores de comparación simples (por ejemplo, costo por pie cuadrado u otras unidades de medida); iv. Comparar listas de precios competitivos, precios de mercado publicados o índices similares, y evaluar descuentos o reembolsos; V. Comparar los precios propuestos con el ICE preparado por el Área Usuaria.
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