Regl. 9733, art. XII-12.3

Aceptación 0 rechazo

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Cite as Reglamento Núm. 9733, Art. XII-12.3

La aceptación de bienes y servicios se realizará por el Área Usuaria. Una vez se reciba evidencia de dicha aceptación, la Oficina de Finanzas y Administración (Oficina de Finanzas) efectuará el pago al Contratista, conforme a las disposiciones del Contrato, por todos los bienes, servicios y/o trabajos de construcción aceptados, dentro del término establecido por la Oficina de Finanzas para el pago de facturas. Cuando los bienes o servicios no cumplan con lo dispuesto en el contrato, el Área Usuaria deberá informar al Área de Adquisiciones, la cual procederá a: d. Rechazar los bienes, trabajos de construcción y/o servicios defectuosos; en cuyo caso, el contratista podrá ser declarado en incumplimiento (default), salvo que pueda suministrar bienes o servicios conformes dentro del calendario de entrega establecido en el contrato; 0 e. Emitir una Notificación de Corrección (Cure Notice), requiriendo al contratista que subsane los defectos en los bienes, trabajos de construcción y/o servicios dentro de un calendario especial de entrega. Si el contratista no corrige los defectos, el Área Usuaria o el Área de Adquisiciones referirá el contrato a la Oficina del Asesor Legal de la AVP para proceder con la terminación del contrato por incumplimiento.
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