Regl. 9733, art. XII-12.3
Aceptación 0 rechazo
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Cite as Reglamento Núm. 9733, Art. XII-12.3
La aceptación de bienes y servicios se realizará por el Área Usuaria. Una vez se reciba evidencia
de dicha aceptación, la Oficina de Finanzas y Administración (Oficina de Finanzas) efectuará el
pago al Contratista, conforme a las disposiciones del Contrato, por todos los bienes, servicios y/o
trabajos de construcción aceptados, dentro del término establecido por la Oficina de Finanzas para
el pago de facturas.
Cuando los bienes o servicios no cumplan con lo dispuesto en el contrato, el Área Usuaria deberá
informar al Área de Adquisiciones, la cual procederá a:
d. Rechazar los bienes, trabajos de construcción y/o servicios defectuosos; en cuyo caso, el
contratista podrá ser declarado en incumplimiento (default), salvo que pueda suministrar
bienes o servicios conformes dentro del calendario de entrega establecido en el contrato;
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e.
Emitir una Notificación de Corrección (Cure Notice), requiriendo al contratista que
subsane los defectos en los bienes, trabajos de construcción y/o servicios dentro de un
calendario especial de entrega.
Si el contratista no corrige los defectos, el Área Usuaria o el Área de Adquisiciones referirá el
contrato a la Oficina del Asesor Legal de la AVP para proceder con la terminación del contrato
por incumplimiento.