Regl. 9733, art. XII-12.4
Suspensión e inhabilitación (Debarment)
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Cite as Reglamento Núm. 9733, Art. XII-12.4
No se adjudicarán Órdenes de Compra ni contratos a contratistas inhabilitados (debarred),
suspendidos, no responsables o inelegibles. Los contratistas podrán ser suspendidos 0 inhabilitados
por HUD conforme a los procedimientos de suspensión e inhabilitación establecidos por HUD, de
acuerdo con 24 C.F.R. Parte 24, según vigente a la fecha correspondiente y según pueda ser
enmendada de tiempo en tiempo. (2 CFR parte 2424, Subparte 2409.4 Inhabilitación, Suspensión
e Inelegibilidad)