Regl. 9733, art. XII-12.4

Suspensión e inhabilitación (Debarment)

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Cite as Reglamento Núm. 9733, Art. XII-12.4

No se adjudicarán Órdenes de Compra ni contratos a contratistas inhabilitados (debarred), suspendidos, no responsables o inelegibles. Los contratistas podrán ser suspendidos 0 inhabilitados por HUD conforme a los procedimientos de suspensión e inhabilitación establecidos por HUD, de acuerdo con 24 C.F.R. Parte 24, según vigente a la fecha correspondiente y según pueda ser enmendada de tiempo en tiempo. (2 CFR parte 2424, Subparte 2409.4 Inhabilitación, Suspensión e Inelegibilidad)
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