Regl. 9733, art. XI-11.3
Evaluación y adjudicación
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Cite as Reglamento Núm. 9733, Art. XI-11.3
La Junta de Subastas evaluará las recomendaciones escritas del Área de Compras para la
adjudicación de licitaciones y propuestas.
a. Procedimiento
El personal del Área de Compras discutirá la recomendación escrita y cada una de las ofertas
evaluadas, y recomendará cuál debe considerarse para adjudicación y cuáles deben rechazarse,
indicando las razones. Los miembros presentes de la Junta de Subastas votarán por el licitador o
proponente que cumpla con las especificaciones y condiciones y cuya oferta resulte, en general,
más beneficiosa para la AVP. Las adjudicaciones se aprobarán por mayoría simple.
b. Efecto de la adjudicación
La adjudicación se documentará mediante una Resolución compuesta por:
i.
Un resumen de las ofertas;
ii.
Un desglose de cada renglón adjudicado o rechazado;
iii.
La base de cada determinación.
La Resolución deberá ser firmada por todos los miembros que participaron y certificada por el
Secretario de la Junta de Subastas. Cualquier miembro que haya votado en contra podrá incluir un
voto disidente explicativo en el expediente, el cual no formará parte del documento titulado
"Adjudicación".