Regl. 9734, art. 11.1-11.1.2
Órdenes de compra en obras de construcción
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Cite as Reglamento Núm. 9734, Art. 11.1-11.1.2
Para todo tipo de obra de construcción, será obligatorio emitir una orden de compra antes del inicio
de los trabajos, salvo previa autorización expresa de la Administración. En casos excepcionales y
con la debida justificación técnica y administrativa, se podrá proceder a la firma de un contrato en
lugar de la emisión de la orden de compra, siempre que la obra esté alineada con los procedimientos
establecidos. Una vez adjudicada la obra de construcción, la entidad contratante procederá a firmar
un contrato con los contratistas seleccionados.
CAPÍTULO XII CONTRATOS