Regl. 9734, art. 11.1-12.3
Negativa a suscribir contratos
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Cite as Reglamento Núm. 9734, Art. 11.1-12.3
Conforme haya sido dispuesto en el Pliego, la negativa de un licitador a suscribir un contrato
debidamente amparado en un Aviso o Resolución de Adjudicación podrá acarrear la imposición de
sanciones, incluyendo la exclusión del RUL. A su vez, la ASG quedará facultada para iniciar el
proceso de ejecución de la Fianza de Cumplimiento. La presentación de una oferta 0 propuesta
supone la aceptación informada de todos los términos y condiciones que serán establecidos en un
contrato posterior.