Regl. 9734, art. 11.1-20.1
Delegaciones a las Entidades Gubernamentales
Length: 153 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9734, Art. 11.1-20.1
Las Entidades Gubernamentales podrán solicitar a la Administradora, mediante escrito formal
firmado por la Autoridad Nominadora correspondiente, la delegación de las funciones establecidas
en este Reglamento para la adquisición de uno o varios bienes, obras y/o servicios no profesionales,
por tiempo fijo, sujeto a lo siguiente:
1. El escrito expondrá la justificación debidamente fundamentada que respalde la solicitud.
2. La Administradora tendrá la facultad para conceder 0 denegar la solicitud presentada,
considerando los mejores intereses del Gobierno de Puerto Rico.
3. En caso de que se apruebe la delegación, la entidad será responsable de garantizar el
cumplimiento de lo dispuesto en este Reglamento, asà como cualquier otra disposición legal
vigente relacionada con los procesos de adquisición.
130
4. De concederse tal delegación, la entidad someterá mensualmente a la ASG un informe
sobre las adquisiciones realizadas.
5. La Administradora se reservará el derecho de revocar la delegación concedida en cualquier
momento de entenderlo apropiado.