Regl. 9734, art. 1.5
Interpretación
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Cite as Reglamento Núm. 9734, Art. 1.5
Las disposiciones de este Reglamento se interpretarán de manera integrada con lo dispuesto en la
Ley Núm. 73-2019, asà como lo dispuesto en cualquier otra ley, reglamento, orden ejecutiva y
cualquier otra norma que se adopte al amparo de dicha Ley o cualquier otro estatuto que le
sustituya.
Las palabras y frases usadas en este Reglamento se interpretarán según el contexto y el significado
comúnmente aceptado. Las expresiones en tiempo presente incluyen también el futuro, las usadas
en el género masculino incluyen el femenino u inversamente, salvo en los casos en que tal
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interpretación resultare absurda O inapropiada. Asimismo, el uso del singular incluye el plural y
viceversa.
Toda mención a dÃas será interpretada como que se refiere a dÃas laborables, salvo que
expresamente se indique en sentido contrario.
De surgir alguna discrepancia entre las versiones en idioma español e inglés de este Reglamento,
se dispone que prevalecerá el texto de la versión redactada en español.