Regl. 9734, art. 6.3-6.3.3

Identificación No Adecuada

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Cite as Reglamento Núm. 9734, Art. 6.3-6.3.3

Toda oferta o propuesta recibida sin identificar conforme a lo establecido en el Artículo 6.3.2 será tramitada como correspondencia regular. En tales casos, si la oferta o propuesta ha sido entregada físicamente, esta podrá ser abierta conforme al procedimiento habitual de manejo de correspondencia. Una vez abierta conforme al trámite usual en que se abre regularmente la correspondencia física, el Administrador Auxiliar de Adquisiciones, la secretaria de la Junta de Subastas, o su representante autorizado, según sea el caso, se comunicará con el licitador para devolverle el sobre según se recibió para que cumpla con lo aquí establecido. En cualquiera de los casos antes descritos, la fecha y hora del recibo original no se considerará válida para efectos del cumplimiento con el término límite de entrega de la oferta o propuesta. Esto no aplica en el caso de tramitación por medio electrónico. 46
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