Regl. 9734, art. 6.3-6.5.10

Repetición de Licitación

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Cite as Reglamento Núm. 9734, Art. 6.3-6.5.10

En el caso de que una licitación resulte desierta o rechazo global, se requiera expandir el número de licitadores para poder satisfacer las necesidades de las entidades en caso de licitaciones centralizadas, la Administración Auxiliar de Adquisiciones o la Junta de Subastas, según sea el 56 caso, a solicitud de la Entidad Peticionaria, procederá a realizar una Repetición de Licitación (R1), emitiendo una segunda convocatoria.
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