Regl. 9734, art. 6.6-6.8.2

Tablas de ofertar: Por Partidas VS. Precio Global ("Lump Sum")

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Cite as Reglamento Núm. 9734, Art. 6.6-6.8.2

1. Ofertas por Partidas Se podrá utilizar la presentación por partidas cuando: a) El proyecto presenta un desglose detallado por componentes o fases técnicas. b) Se requiere mayor control presupuestario y seguimiento financiero durante la ejecución. c) La obra es susceptible a cambios de orden o requiere precios unitarios de referencia. 61 d) Existe un diseño completo y aprobado que permite la comparación por ítems. e) Se busca transparencia en la estimación y ejecución de costos. 2. Ofertas por Precio Global ("Lump Sum") Se podrá utilizar la modalidad de precio global ("lump sum") cuando: a) El alcance del proyecto está claramente definido y no requiere subdivisión técnica compleja. b) La obra es simple, repetitiva o de ejecución rápida. c) El contratista puede asumir la responsabilidad total del costo sin necesidad de ajustes. d) La entidad busca agilidad administrativa y menor carga de fiscalización. e) La ejecución puede hacerse en una sola etapa. Podrá requerirse un desglose informativo del precio global ("lump sum") para validar consistencia técnica y económica. 3. Criterio de Selección La selección entre modalidad por partidas o precio global ("lump sum") podrá ser por petición de la entidad o por el criterio del funcionario autorizado en la ASG, en coordinación con el equipo técnico de la entidad peticionaria, antes de la publicación del pliego, tomando en cuenta: a) Nivel de definición del proyecto b) Complejidad técnica c) Riesgos identificados d) Monto estimado e) Condiciones del financiamiento 62
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