Regl. 9734, art. 6.6-6.8.3
Enmiendas al Pliego de Obra
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Cite as Reglamento Núm. 9734, Art. 6.6-6.8.3
En el caso de proyectos de obras, las enmiendas el Pliego podrán realizarse dentro de los siguientes
plazos:
1. Cinco (5) dÃas laborables antes del Acto de Apertura, cuando la enmienda implique cambios
o solicitudes adicionales que deban ser incluidas en la oferta o,
2. Un (1) dÃa laborable antes del Acto de Apertura, cuando la enmienda no afecte la
presentación de las ofertas o propuestas.