Regl. 9734, art. 7.3-7.3.5
Acto de Apertura
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Cite as Reglamento Núm. 9734, Art. 7.3-7.3.5
1. Disposiciones del Acto de Apertura
a) El Acto de Apertura será público, permitiendo la participación de los licitadores
concernidos y cualquier persona interesada.
b) Todos los participantes se registrarán, indicando su nombre y el nombre del licitador
que representan, si alguno.
c) Quienes lleguen después del inicio del Acto de Apertura no podrán participar del
mismo, excepto en caso de acuerdo unánime entre los presentes.
d) Una vez abiertas y leÃdas en público las ofertas, la Junta de Subastas, no podrán
modificar los términos del método de licitación, ni se permitirá a los licitadores
presentes realizar nuevas ofertas o hacer cambios a las ofertas ya sometidas.
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e) Cualquier persona presente en el Acto de Apertura, cuando este se haya celebrado de
manera presencial, podrá examinar los documentos de las ofertas presentadas luego de
que se hayan leÃdo en VOZ alta, iniciado y sellado todas las ofertas.
2. Presidencia del Acto de Apertura
El Acto de Apertura será presidido por la persona que tenga la facultad adjudicativa sobre
el proceso, o por un representante autorizado para tales fines. En los casos en que
corresponda a la Junta de Subastas, no será necesario que esta se constituya en pleno para
llevar a cabo el acto.
3. Procedimiento del Acto de Apertura
a) El funcionario que presida el Acto de Apertura expresará en voz alta:
el número y propósito del proceso que está bajo consideración;
el nombre de cada uno de los licitadores que han presentado ofertas o propuestas,
y;
la fecha y hora de las ofertas recibidas y mostrará a todas las personas presentes,
según establecido en el pliego.
b) Se procederá a abrir las ofertas y verificar que cada una contenga todos los
documentos requeridos en el Pliego.
c) Iniciará y sellará la portada y el formulario de ofertar (tabla, catálogo) de cada oferta
o propuesta. En el caso de que las ofertas sean de gran volumen o haya un número
significativo de licitadores, se podrá solicitar la asistencia de los miembros de la
Junta de Subastas o por medio de la Oficial de Licitación, para ayudar en el proceso
de las ofertas.
d) Quien presida el Acto de Apertura de cualquier Subasta, también leerá en VOZ alta:
i.
el número de la partida o renglón para el cual se está presentando ofertas;
ii.
el precio por partida;
iii.
la marca y el modelo;
iv.
la garantÃa, si aplica, y;
V.
la fecha de entrega si es una de las condiciones establecidas en el pliego.
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4. Licitador Inactivo
Todo licitador que, al momento del Acto de Apertura, no se encuentre activo o elegible en el RUL,
tendrá un término improrrogable de cinco (5) dÃas laborables, contados a partir del Acto de
Apertura, para cumplir con los requisitos establecidos por la Oficina de Registros y estar inscrito.
Será responsabilidad exclusiva del licitador actualizar su información y presentar la
documentación correspondiente dentro del término establecido. De no hacerlo, su oferta será
descalificada.