Regl. 9734, art. 7.3-7.4.7
Evaluación
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Cite as Reglamento Núm. 9734, Art. 7.3-7.4.7
1. Evaluación Preliminar
a) Las propuestas se evaluarán a la luz de los Criterios de Evaluación establecidos en el
pliego correspondiente. La Administración Auxiliar de Adquisiciones o la Junta de
Subastas, según sea el caso, con la ayuda del Comité Evaluador de Subastas y
Propuestas, de constituirse, podrá seleccionar una o más de las propuestas que
considere que mejor represente(n) los intereses del Gobierno de Puerto Rico.
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b) La Administración Auxiliar de Adquisiciones o la Junta de Subastas, según sea el caso,
con la ayuda del Comité Evaluador de Subastas o Propuestas, de constituirse 0 del
Especialista en Compras y Subastas asignado al trámite de la adquisición podrá
sostener discusiones y negociar con los proponentes cuyas ofertas estén dentro de los
márgenes de selección establecidos. Se entenderá que una oferta está dentro del margen
de selección establecido cuando la misma cumple con lo establecido en el pliego para
estos fines.