Regl. 4144, art. 14-14.7 dup2
PerĂodo Probatorio en Casos de Reingreso
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Cite as Reglamento NĂºm. 4144, Art. 14-14.7 dup2
Las personas que reingresen a Oficina Asuntos Laborales estarĂ¡n
(Nombre de la agencia)
sujetos al perĂodo probatorio correspondiente. Sin embargo, el Director
(Jefe
Ejecutivo
podrĂ¡ asignar status regular a tales empleados cuando
de la agencia)
como consecuencia del reingreso sean nombrados en un puesto dentro del tĂ©rmino de un (1) año a partir de la fecha de la separaciĂ³n del servicio.