Regl. 4144, art. 17
DEFINICIONES
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Cite as Reglamento Núm. 4144, Art. 17
Los siguientes términos usados en este Reglamento tienen el significado que a continuación se expresa, a menos que de su contexto se desprenda
otra cosa:
1. Ley
Significa la Ley Núm. 5 del 14 de octubre de 1975, según
enmendada, conocida como "Ley de Personal del Servicio Público
de Puerto Rico".
2. Reglamento
Significa el Reglamento de Personal: Areas Esenciales al
* Si en el reglamento se utiliza un nombre corto para la agencia o para el
tÃtulo del cargo del jefe de la agencia, debe incluirse en este artÃculo
la definición de estos términos.
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Principio de Mérito, basado en la Ley Núm. 5 del 14 de octubre
de 1975, según enmendada.
3. Sistema o Sistema de Personal
Significa el Sistema de Personal del Servicio Público de
Puerto Rico.
4. Oficina u Oficina Central
Significa la Oficina Central de Administración de Personal
5. Director
Significa el Director de la Oficina Central de Administración
de Personal.
6. Junta o Junta de Apelaciones
Significa la Junta de Apelaciones del Sistema de Administración
de Personal.
7. Principio de Mérito
Significa el concepto de que los empleados públicos deben ser
seleccionados, ascendidos, retenidos y tratados en todo lo referente a su empleo sobre la base de la capacidad sin discrimen
por razones de raza, color, sexo, nacimiento, edad, origen o
condición social, ni por sus ideas polÃticas o religiosas.
8. Areas Esenciales al Principio de Mérito
Significa: 1) clasificación de puestos; 2) reclutamiento y
selección; 3) ascensos, traslados y descensos; 4) adiestramientos; y 5) retención.
9. Gobierno de Puerto Rico
Significa el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
y sus agencias como se definen en este Reglamento.
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10. Agencia
Significa el conjunto de funciones, cargos y puestos que constituyen toda la jurisdicción de una autoridad nominadora, independientemente de que se le denomine departamento, municipio, corporación pública, oficina, administración, comisión, junta, tribunal,
o de cualquier otra forma.
11. Administrador Individual
Significa la agencia, organismo o programa cuyo personal se
rige por el principio de mérito y se administra en forma autónoma
con el asesoramiento, seguimiento y ayuda técnica de la Oficina.
12. Autoridad Nominadora
Significa el Director Ejecutivo
(Jefe de la agencia)
13. Normas de Reclutamiento
Significa las determinaciones en cuanto a los requisitos
mÃnimos y el tipo de examen para ingreso a una clase de puesto.
14. Examen
Significa una prueba escrita, oral, fÃsica, de ejecución,
evaluaciones de experiencia y preparación; u otras.
15. Elegible
Significa una persona cualificada para nombramiento en el
servicio público.
16. Certificación de Elegibles
Significa el proceso mediante el cual la autoridad nominadora certifica para cubrir los puestos vacantes, selecciona y
refiere para empleo los nombres de los candidatos que estén en
turno de certificación en orden de nota y que acepten las condiciones de empleo en el número que se prescriba por reglamento.
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17. Certificación Selectiva
Significará el proceso mediante el cual la autoridad nominadora especifica las cualidades especiales que el puesto a ser
ocupado requiere del candidato y prepara una descripción clara
de los deberes del puesto a cubrirse, selecciona de los registros los nombres de los candidatos que cualifiquen y establece
un turno de certificación en orden de nota para los fines de ese
puesto en particular.
18. Registro de Elegibles
Significa una lista de nombre de personas que han cualificado para ser consideradas para nombramiento en una clase determinada.
19. Nombramiento
Significa la designación oficial de una persona para realizar determinadas funciones.
20. PerÃodo Probatorio
Significa un término de tiempo durante el cual un empleado,
al ser nombrado en un puesto, está en perÃodo de adiestramiento
y prueba, y sujeto a evaluaciones periódicas en el desempeño de
sus deberes y funciones.
21. Reingreso
Significa la inclusión en el registro correspondiente, para
ser certificado para empleo, del nombre de un empleado regular
de carrera o de confianza, que ha renunciado del servicio 0 ha
sido separado y es acreedor a mantener su elegibilidad para la
clase o clases de puestos en las que sirvió como empleado regular.
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22. Descripción de Puestos
Significa una exposición escrita y narrativa sobre deberes,
autoridad y responsabilidad que envuelve un puesto en especÃfico
y por los cuales se responsabiliza al incumbente.
23. Especificación de Clases
Significa una exposición escrita y narrativa en forma genérica que indica las caracterÃsticas preponderantes del trabajo
que entraña uno 0 más puestos en términos de naturaleza, complejidad, responsabilidad y autoridad, y las cualificaciones mÃnimas
que deben poseer los candidatos a ocupar los puestos.
24. Puesto
Significa un conjunto de deberes y responsabilidades asignadas
o delegadas por la autoridad nominadora, que requieren el empleo
de una persona durante la jornada completa de trabajo o durante
una jornada parcial.
25. Clase o Clase de Puesto
Significa un grupo de puestos cuyos deberes, Indole de
trabajo, autoridad y responsabilidades sean de tal modo semejantes que pueden razonablemente denominarse con el mismo tÃtulo;
exigirse a sus incumbentes los mismos requisitos mÃnimos; utilizarse las mismas pruebas de aptitud para selección de empleados;
y aplicarse la misma escala de retribución con equidad bajo condiciones de trabajo sustancialmente iguales.
26. Serie o Serie de Clases
Significa una agrupación de clases que refleja los distintos niveles jerárquicos de trabajo existentes.
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27. Grupo Ocupacional o Profesional
Significa una agrupación de clases y serie de clases que
describe puestos comprendidos en el mismo ramo o actividad
de trabajo.
28. Clasificación de Puestos
Significa la agrupación de puestos en clases similares
en virtud de sus deberes y responsabilidades para darle igual
tratamiento en la administración de personal.
29. Plan de Clasificación
Significa un sistema mediante el cual se estudian, analizan y ordenan en forma sistemática, los diferentes puestos que
integran una organización formando clases y series de clases.
30. Reclasificación
Significa la acción de clasificar un puesto que habÃa sido
clasificado previamente. La reclasificación puede ser a nivel
superior, igual 0 inferior.
31. Ascenso
Significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase
a un puesto en otra clase con funciones de nivel superior cuando
ocurre entre agencias con diferentes planes de clasificación.
Cuando ocurre en la misma agencia 0 entre agencias con un plan
de clasificación uniforme, significa el cambio de un empleado
de un puesto en una clase a un puesto en otra clase para la cual
se haya provisto un tipo mÃnimo de retribución más alto.
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32. Traslado
Significa el cambio de un empleado de un puesto a otro en la
misma clase o a un puesto en otra clase con funciones de nivel
similar, cuando ocurre entre agencias con diferentes planes de
clasificación. Cuando ocurre en la misma agencia o entre agencias con un plan de clasificación uniforme, significa el cambio de un empleado de un puesto a otro en la misma clase o a
un puesto en otra clase para la cual se haya provisto el mismo
tipo de retribución.
33. Descenso
Significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase
a un puesto en otra clase con funciones de nivel inferior, cuando
ocurre entre agencias con diferentes planes de clasificación.
Cuando ocurre en la misma agencia o entre agencias con un plan
de clasificación uniforme, significa el cambio de un empleado de
un puesto en una clase a un puesto en otra clase para la cual se
haya provisto un tipo minimo de retribución más bajo.
34. Instituto
Significa el Instituto para el Desarrollo de Personal en el
Servicio Público, adscrito a la Oficina Central de Administración
de Personal.
35. Beca
Significa ayuda monetaria que se concede a una persona que
prosiga estudios superiores en una universidad o institución
reconocida con el fin de ampliar su preparación académica, profesional o técnica.
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36. Licencia con Sueldo para Estudios
Significa la licencia especial, con sueldo, que se concede
a los empleados con el fin de ampliar su preparación académica,
profesional o técnica para mejorar el servicio que prestan.
37. Adiestramiento de Corta Duración
Significa adiestramiento práctico a los estudios académicos
que preparan al empleado para el mejor desempeño de sus funciones.
38. Pago de MatrÃcula
Significa el pago total o parcial de los derechos de asistencia a cursos universitarios o especiales.
39. Institución
Significa cualquier organización o agencia de carácter público
o privado que ofrezca cursos de estudio o adiestramiento de naturaleza práctica, académica, técnica o especializada.
40. CesantÃa
Significa la separación del servicio impuesta a un empleado
debido a la eliminación de su puesto por falta de trabajo o
fondos; o a la determinación de que está fÃsica y/o mentalmente incapacitado para desempeñar los deberes de su puesto.
41. Suspension de Empleo y Sueldo
Significa la separación temporal del servicio impuesta a
un empleado como medida disciplinaria por justa causa.
42. Destitución
Significa la separación total y absoluta del servicio
impuesta a un empleado como medida disciplinaria por justa
causa.
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43. Renuncia
Significa la separación total, absoluta y voluntaria de un
empleado de su puesto.
44. Formulación de Cargos
Significa el documento mediante el cual la autoridad nominadora hará saber a un empleado las violaciones incurridas respecto
a las normas de productividad, eficiencia, orden y disciplina que
deben prevalecer en el servicio público.
45. Sistema de Retiro
Significa la Administración de los Sistemas de Retiro de los
Empleados del Gobierno y de la Judicatura.