Regl. 4144, art. 5-5.2 dup2
Descripción de los puestos
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Cite as Reglamento Núm. 4144, Art. 5-5.2 dup2
Conforme a su estructura organizativa funcional la Oficina
(Nombre
de Asuntos Laborales
preparará y mantendrá al dÃa para cada puesto
de la agencia)
autorizado en el servicio de carrera una descripción clara y precisa de
los deberes y responsabilidades, asà como del grado de autoridad y supervisión adscrito al mismo. Esta descripción estará contenida en el cuestionario oficial que a tales fines se adopte y deberá estar firmado por el
empleado, de estar el puesto ocupado, por su supervisor inmediato, por
el jefe de la unidad primaria correspondiente y por el Director
(Jefe de la
Ejecutivo
o su representante autorizado.
agencia)
Cualquier cambio que ocurra en los deberes y responsabilidades,
asà como en el grado de autoridad y supervisión adscritos a los puestos
se registrará prontamente en el cuestionario de clasificación y no menos
de una vez al año se pasará juicio sobre la clasificación de éstos.
1/ Las agencias cuya administración de personal se rija total o parcialmente por el concepto de rango deben añadir la siguiente descripción:
Todo lo aquà dispuesto no será de aplicabilidad a la administración de personal
(Nombre de la agencia)
que se rige por el concepto de rango.
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E1 original del cuestionario oficial formalizado inicialmente, asÃ
como el de toda revisión posterior que se efectúe, será evaluado para
determinar la clasificación del puesto o para la acción subsiguiente
que proceda en los casos de revisión de deberes, según se provea en las
normas y procedimientos que se establezcan para la administración del
plan de clasificación.
Una copia del cuestionario se entregará al empleado al ser nombrado
y tomar posesión del puesto y cuando ocurran cambios en las funciones del
mismo que resultaren en la formalización de un nuevo cuestionario. Este
cuestionario se utilizará para orientar, adiestrar, supervisar y evaluar al
empleado de acuerdo a los procedimientos que la Oficina de Asuntos laborales
(Nombre de la agencia)
establezca. Se conservará una copia de todo cuestionario formalizado
para cada puesto, junto a cualquier otra documentación relacionada con el
historial de clasificacion del mismo. Este acopio de información, en
orden de fechas, constituirá el expediente oficial e individual de cada
puesto, y será utilizado como marco de referencia en los estudios y acciones que se requieran en relación con la clasificación de puestos.
Copia del cuestionario de clasificación de cada puesto deberá
ser provista a la Oficina de Presupuesto y Gerencia según esta agencia
establezca en sus procedimientos, al tramitarse la petición para la creación del puesto y cuando se soliciten acciones posteriores relacionadas
con su clasificación.