Regl. 4144, art. 5-5.6 dup2
Clasificación y Reclasificación de Puestos
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Cite as Reglamento Núm. 4144, Art. 5-5.6 dup2
Todos los puestos se asignarán oficialmente a las clases correspondientes. No existirá ningún puesto sin clasificación. Bajo ninguna
circunstancia podrá persona alguna recibir nombramiento en un puesto que
no haya sido clasificado previamente.
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Los puestos de nueva creación se asignarán a una de las clases
comprendidas en el plan de clasificación, conforme a las normas y criterios
que se establezcan.
Se establecerán los procedimientos a utilizarse en el trámite
de la clasificación de los puestos nuevos tomando en consideración las disposiciones y/o procedimientos establecidos por la Oficina de Presupuesto
y Gerencia y de otras agencias fiscales que se afecten con la transacción. De igual forma, se establecerán los procedimientos a utilizarse
en el trámite e implantación de la reclasificación de los puestos.
E1 Director Ejecutivo
se abstendrá de formali-
(Jefe de la agencia)
zar contratos de servicios con personas en su carácter individual cuando
las condiciones y caracterÃsticas de la relación que se establezca entre
patrono y empleado sean propias de un puesto. En estos casos se procederá
a la creación del puesto de acuerdo a las disposiciones y procedimientos
establecidos para su clasificación, según se establece en este reglamento.
Se justificará reclasificar todo puesto cuando está presente
cualquiera de las siguientes situaciones:
1. Clasificación Original Errónea
En esta situación no existe cambio significativo en
las funciones del puesto, pero se obtiene información
adicional que permite corregir una apreciación inicial
equivocada.
2. Modificación al Plan de Clasificación
En estas situaciones no existen necesariamente cambios
significativos en las descripciones de los puestos, pero
en el proceso de mantener al dÃa el Plan de Clasificación
mediante la consolidación, segregación, alteración, creación
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y eliminación de clases, surge la necesidad de cambiar
la clasificación de algunos puestos.
3. Cambio Sustancial en Deberes, Responsabilidades o Autoridad
Es un cambio deliberado y sustancial en la naturaleza o
al nivel de las funciones del puesto, que lo hace subir o
bajar de jerarquÃa o lo ubica en una clase distinta al
mismo nivel.
4. Evolución del Puesto
Es el cambio que tiene lugar con el transcurso del tiempo
en los deberes, autoridad y responsabilidad del puesto que
ocasiona una transformación del puesto original.