Regl. 9749, art. 10.3-3
Título y Aplicablidad
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Cite as Reglamento Núm. 9749, Art. 10.3-3
Las disposiciones de este reglamento aplicarán a los procedimientos que
rigen la compra de servicios en escuelas O instituciones privadas para
aquellos estudiantes del Programa de Educación Especial para quienes el
DEPR no cuenta con una alternativa educativa pública apropiada conforme a
sus necesidades individualizadas.
Este reglamento será de aplicación a:
el personal de la Secretaría Asociada de Educación Especial;
las oficinas regionales educativas (ORE);
los Centros de Servicios de Educación Especial (CSEE);
las escuelas o instituciones privadas contratadas para ofrecer servicios
educativos y relacionados;
las madres, padres o personas legalmente encargadas de estudiantes
participantes del Programa de Educación Especial que soliciten
reembolso por pagos efectuados para servicios educativos y
relacionados;
y a las escuelas O instituciones privadas seleccionadas por madres,
padres O encargados, en los casos en que se determine procedente el
pago directo a dichas entidades.
Este documento se conocerá como el Reglamento de Compras de Servicios
en Escuelas O Instituciones Privadas.