Regl. 9749, art. 10.3-3

Título y Aplicablidad

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Cite as Reglamento Núm. 9749, Art. 10.3-3

Las disposiciones de este reglamento aplicarán a los procedimientos que rigen la compra de servicios en escuelas O instituciones privadas para aquellos estudiantes del Programa de Educación Especial para quienes el DEPR no cuenta con una alternativa educativa pública apropiada conforme a sus necesidades individualizadas. Este reglamento será de aplicación a: el personal de la Secretaría Asociada de Educación Especial; las oficinas regionales educativas (ORE); los Centros de Servicios de Educación Especial (CSEE); las escuelas o instituciones privadas contratadas para ofrecer servicios educativos y relacionados; las madres, padres o personas legalmente encargadas de estudiantes participantes del Programa de Educación Especial que soliciten reembolso por pagos efectuados para servicios educativos y relacionados; y a las escuelas O instituciones privadas seleccionadas por madres, padres O encargados, en los casos en que se determine procedente el pago directo a dichas entidades. Este documento se conocerá como el Reglamento de Compras de Servicios en Escuelas O Instituciones Privadas.
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