Regl. 9749, art. 10.3-5.4
Ubicación Adecuada por Vía de Reembolso
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Cite as Reglamento Núm. 9749, Art. 10.3-5.4
En aquellos casos en los que no exista una ubicación disponible dentro del
sistema público, ni mediante las escuelas que ostentan contrato con la
agencia, el DEPR, entonces, podrá contemplar la opción de una compra de
servicios mediante el mecanismo de reembolso.
El reembolso será evaluado y autorizado por la agencia, conforme a los
procedimientos establecidos por el DEPR. Una compra de servicios por vía de
reembolso es una compra realizada con fondos públicos. Por lo que, esta
deberá estar debidamente justificada, documentado y alineada con el PEI del
jurisprudencia, reglamentos y normativas vigentes.
estudiante, las disposiciones de la Ley IDEA, leyes RRES estatales y federales,
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BOMED
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Reglamento de Compras de Servicio en Escuelas o Instituciones Privadas