Regl. 9749, art. 10.3-5.4.1
Requisitos de Reembolso
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Cite as Reglamento Núm. 9749, Art. 10.3-5.4.1
Con el propósito de uniformar los procedimientos y fomentar el uso confiable
y transparencia de los fondos públicos, en aquellos casos en que el DEPR esté
obligado a reembolsar a los padres, madres o encargados los gastos de
servicios de educación especial y servicios relacionados, se requerirá lo
siguiente para el trámite de dicho reembolso:
1. Cuenta activa en SIDFE - El padre, madre o encargado deberá tener una
cuenta activa en el Sistema Financiero del Departamento de Educación
(SIDFE) para poder recibir el pago directo en su cuenta bancaria.
2. PEI vigente Contar con un PEI vigente que respalde los servicios a
reembolsar.
3. Consulta aprobada en MiPE Haber registrado y obtenido aprobación
de la consulta correspondiente en el Sistema MiPE.
4. Autorización de pago Contar con una Resolución, orden, sentencia
judicial o autorización escrita por parte de la SAEE.
a. En el caso de autorizaciones emitidas por la SAEE, la carta de
autorización deberá especificar de forma clara los servicios que
estarán sujetos a reembolso, con su alcance y duración.
5. Certificación oficial de pago Con el propósito de garantizar la
transparencia en el uso de fondos públicos y agilizar el proceso de
reembolso, el padre, madre o encargado deberá utilizar el Formulario
Oficial de Certificación de Pago provisto por el DEPR (Anejo 1).
a. En este formulario, la escuela o institución proveedora de los
servicios certificará, bajo juramento, que ha recibido el pago
correspondiente del padre, madre o encargado, y que este
corresponde a servicios autorizados y efectivamente prestados al
estudiante.
b. La certificación deberá presentarse cada vez que se solicite un
reembolso y deberá incluir:
i.
Datos completos del estudiante.
ii.
Mes y año en que se ofreció el servicio.
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Reglamento de Compras de Servicio en Escuelas o Instituciones Privadas
iii.
Descripción detallada de cada servicio brindado (tipo de
servicio, cantidad de horas O sesiones, nombre del
especialista o institución que lo ofreció).
iv.
Costo individual de cada servicio.
V.
Nombre de la institución O del profesional que brindó el
servicio.
vi.
Desglose de la matrÃcula, especificando cada concepto
que cubre (por ejemplo: costo de instrucción, materiales,
actividades, otros cargos permitidos).
vii.
Lista oficial de los libros, especificando tÃtulo, autor,
editorial y costo unitario, cuando aplique.
viii.
Fecha y monto total recibido por la institución.
ix.
Firma del representante autorizado de la escuela.
C. Esta certificación constituirá la evidencia oficial para fines de
reembolso, sustituyendo la entrega de múltiples comprobantes y
permitiendo al DEPR uniformar la documentación recibida, agilizar
el proceso de preintervención y garantizar el cumplimiento con las
normas de fiscalización de fondos públicos.