Regl. 9749, art. 10.3-6.3

Intervención de la SAEE

Length: 175 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9749, Art. 10.3-6.3

El funcionario designado para atender este proceso en la SAEE deberá realizar un análisis completo de la consulta de ubicación, verificando que se hayan incluido todos los documentos requeridos. Además, deberá confirmar que el CSEE haya documentado adecuadamente las alternativas de ubicación disponibles, incluyendo como prioridad las ofrecidas por instituciones privadas que mantienen contratos vigentes con el DEPR. De determinarse que no se documentaron todas las alternativas disponibles, la consulta será devuelta al CSEE para que el FDEE a cargo del caso realice una nueva reunión de ComPU para hacer el nuevo ofrecimiento a los padres. En caso de que el análisis confirme que el proceso de consulta está completo, el funcionario designado procederá a completar en MiPE el Análisis de Consulta para la Compra de Servicios en institución privada, junto con un resumen del caso y una recomendación para la aprobación o denegación de la compra de servicios. La determinación final será tomada por el secretario asociado de Educación Especial. ARRES EST ROMEN 28 Reglamento de Compras de Servicio en Escuelas o Instituciones Privadas
Regl. 9749, art. 10.3-6.3: Intervención de la SAEE | Justis AI