Regl. 974, art. 8

- Períodos y plazos -

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Cite as Reglamento Núm. 974, Art. 8

La Oficina de Asuntos Monopolísticos podrá requerir que en los informes aludidos en este reglamento se ofrezcan datos sobre los últimos cinco (5) años de operaciones de la persona a quien se le requiera la contestación de un interrogatorio o formulario y se le dará un plazo no menor de quince (15) días para contestar, contados desde la fecha de la notificación del documento. El Secretario de Justicia podrá prorrogar el susodicho plazo, si se le demuestra, a base de escritos radicados con razonable antelación a la fecha fijada para el cumplimiento del acto requerido, que a la persona requerida se le hace imposible recopilar y radicar los datos en el plazo estipulado por la Oficina de Asuntos Monopolísticos.
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