Regl. 974, art. 8
- Períodos y plazos -
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Cite as Reglamento Núm. 974, Art. 8
La Oficina de Asuntos Monopolísticos podrá requerir
que en los informes aludidos en este reglamento se ofrezcan
datos sobre los últimos cinco (5) años de operaciones de la
persona a quien se le requiera la contestación de un interrogatorio o formulario y se le dará un plazo no menor de quince (15)
días para contestar, contados desde la fecha de la notificación
del documento. El Secretario de Justicia podrá prorrogar el
susodicho plazo, si se le demuestra, a base de escritos radicados
con razonable antelación a la fecha fijada para el cumplimiento
del acto requerido, que a la persona requerida se le hace imposible recopilar y radicar los datos en el plazo estipulado por
la Oficina de Asuntos Monopolísticos.