Regl. 9751, art. 6.8-XXI

SEPARABILIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 9751, Art. 6.8-XXI

Si cualquier palabra, oración, inciso, artículo o parte de este Reglamento fuere declarado inconstitucional o nulo por un tribunal de jurisdicción competente, dicho fallo no afectará, 33 perjudicará, menoscabará ni invalidará el resto de sus disposiciones y partes; sino que su efecto quedará limitado a la palabra, oración, inciso, artículo o parte específica declarada inconstitucional o nula y, la nulidad o invalidez de cualquier palabra, oración, inciso, artículo o parte de este Reglamento, en algún caso, no se entenderá que afecta o perjudica en sentido alguno su aplicación o validez en cualquier otro caso.
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