Regl. 9751, art. XXIV-IX
FUNCIONARIO FACULTADO PARA DETERMINAR LA
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Cite as Reglamento Núm. 9751, Art. XXIV-IX
HABILITACIÓN
El Director es el funcionario que decidirá sobre la habilitación de personas consideradas
como inelegibles para el servicio público, tomando en consideración los informes que le
sean sometidos por la Junta Consultiva. No obstante, la determinación del Director no
estará sujeta a la recomendación de la Junta, pudiendo ejercer éste su discreción.