Regl. 9754, art. IX-9.2

Convocatorias para Cubrir Puestos del Servicio de Carrera

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Cite as Reglamento Núm. 9754, Art. IX-9.2

Al surgir vacantes en los puestos regulares del servicio de carrera, la Corporación podrá publicar convocatorias para cubrir los mismos mediante un sistema de competencia en igualdad de condiciones, de modo que se puedan atraer y retener en el servicio público a las personas más capacitadas e idóneas sin discrimen de clase alguna, disponiéndose que, por necesidades urgentes del servicio, la Corporación podrá utilizar el mecanismo de ascenso sin oposición, según más adelante se define. Cuando la Corporación necesite cubrir un puesto, emitirá la convocatoria correspondiente que contendrá la siguiente información, sin limitarse a: Número de convocatoria Título de la clase de puesto Descripción general del Trabajo Requisitos Mínimos Fecha de apertura para radicar la solicitud Condiciones especiales Escala Salarial Periodo Probatorio Naturaleza del Examen Cualquier otra información disponible de la convocatoria 27 La convocatoria se emitirá para cubrir el 0 los puestos necesarios en el momento y el registro de elegibles se cancelará con el reclutamiento del candidato, excepto que se establezca lo contrario. La publicación de las convocatorias para exámenes de ingreso, se harán con no menos de diez (10) días calendarios para radicar las solicitudes. Además, se enviará copias de las mismas a las diferentes Agencias del gobierno que por ley correspondan y a otras entidades privadas como universidades, colegios y otros; relacionadas al puesto de referencia, así como en la plataforma correspondiente del gobierno. Cuando para el desempeño de las funciones del puesto se requieran cualificaciones especiales, éstas se indicarán en la convocatoria que se publique. La elegibilidad de los candidatos que soliciten las convocatorias se eliminará por cualquiera de las siguientes causas: (a) Declaración del solicitante que no acepta nombramiento. (b) Dejar de comparecer a entrevista sin razón justificada. (c) Dejar de someter evidencia que se le requiere sobre requisitos mínimos, otros requisitos O condiciones de empleo. (d) No presentarse al lugar de trabajo después de extendido el nombramiento sin causa justificada. (e) Negarse a tomar alguna prueba escrita u oral que formen parte del reclutamiento. (f) Negarse a realizarse la Prueba para Detectar la Presencia de Sustancias Controladas. (g) Dar información falsa en la solicitud de empleo.
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