Regl. 9754, art. XII-12.5
Plan Anual de Adiestramiento, Capacitación y Desarrollo
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Cite as Reglamento Núm. 9754, Art. XII-12.5
La Gerencia de la Corporación, determinará anualmente sus necesidades de
adiestramiento, establecerán un orden de prioridad a estas necesidades y los medios que
utilizarán para atenderlas, ya sea por concesiones de licencias para estudios, con sueldo o
sin él, seminarios, cursos de corta duración, pago de matrÃculas, adiestramiento en el
empleo, 0 intercambio de personal entre otras; las cuales estarán orientadas a corregir la
falla de conocimiento 0 destrezas. Las necesidades de adiestramiento serán
consideradas en las peticiones presupuestarias anuales de cada unidad.
El Plan deberá incluir los adiestramientos que cada unidad se propone realizar
durante el año fiscal siguiente, asà como las actividades que puedan atender las
necesidades en áreas generales y comunes. En la preparación del Plan de Adiestramientos
se tomará en consideración lo siguiente:
(a) Las necesidades presentes identificadas y las proyecciones de necesidades
futuras por servicios del personal.
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(b) Las prioridades programáticas de la Administración a corto, mediano y largo
plazo.
(c) La identificación de la necesidad especÃfica que la Administración aspira a
solucionar mediante el adiestramierito, la capacitación y el desarrollo de su
personal.
(d) Los estándares de ejecución que la Administración establezca para su personal.
(e) El compromiso que el plan requiere por parte de la Administración en cuanto a la
inversión de recursos y tiempo necesarios para el desarrollo del personal.
(f) Reorganización del personal.
(g) Reorganización, cambios en los procedimientos, cambios en la tecnologÃa y
reingenierÃa de procesos.