Regl. 9756, art. 6-6.2 dup4
c. Experiencias Clínicas
Length: 135 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9756, Art. 6-6.2 dup4
Indicador 6.2.c.3.
El PPM trabaja con los colaboradores para diseñar experiencias clínicas
que cuenten con la profundidad, amplitud diversidad, coherencia y
duración necesarias para garantizar que los candidatos a maestro
demuestren su eficacia, eficiencia y un impacto positivo en el aprendizaje
y desarrollo de todos los estudiantes.
Asimismo, las experiencias clínicas, que incluyen oportunidades de
aprendizaje basadas en el uso de tecnología, el análisis de datos y el
cumplimiento con los parámetros académicos vigentes, se estructuran de
manera que incorporen múltiples evaluaciones (assessment),
principalmente fundamentadas en el desempeño. Estas constituyen
elementos esenciales del programa para evidenciar que el desarrollo del
conocimiento, las destrezas y las disposiciones profesionales de los
candidatos está directamente vinculado con un impacto positivo en el
aprendizaje y desarrollo de todos los estudiantes desde los grados del nivel
preescolar hasta el duodécimo.