Regl. 9756, art. 6-6.2 dup4

c. Experiencias Clínicas

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Cite as Reglamento Núm. 9756, Art. 6-6.2 dup4

Indicador 6.2.c.3. El PPM trabaja con los colaboradores para diseñar experiencias clínicas que cuenten con la profundidad, amplitud diversidad, coherencia y duración necesarias para garantizar que los candidatos a maestro demuestren su eficacia, eficiencia y un impacto positivo en el aprendizaje y desarrollo de todos los estudiantes. Asimismo, las experiencias clínicas, que incluyen oportunidades de aprendizaje basadas en el uso de tecnología, el análisis de datos y el cumplimiento con los parámetros académicos vigentes, se estructuran de manera que incorporen múltiples evaluaciones (assessment), principalmente fundamentadas en el desempeño. Estas constituyen elementos esenciales del programa para evidenciar que el desarrollo del conocimiento, las destrezas y las disposiciones profesionales de los candidatos está directamente vinculado con un impacto positivo en el aprendizaje y desarrollo de todos los estudiantes desde los grados del nivel preescolar hasta el duodécimo.
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