Regl. 9756, art. 7-7.1
Oficina a Cargo del Proceso de Evaluación y Clasificación
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Cite as Reglamento Núm. 9756, Art. 7-7.1
1. El director de la Oficina de Certificaciones Docentes y Credenciales de
Personal a las cual está adscrita el Programa de Experiencias ClÃnicas
Educativas (PECE) coordinará la implementación del reglamento y la
responsabilidad de liderar el proceso de evaluación y clasificación de
los PPM, en colaboración con el coordinador de TÃtulo II de la HEA del
DEPR.
Además, dará seguimiento a la entrega de planes de acción, informes
de estatus O progreso, según establecido en este reglamento.
2. El director de la Oficina de Certificaciones Docentes y Credenciales de
Personal, quien es el encargado de la implementación del reglamento
y de liderar el proceso de evaluación y clasificación de los PPM, en
colaboración con el coordinador de TÃtulo II de la HEA del DEPR,
presentará al secretario un informe anual que resuma el estatus y
progreso de cada PPM.
3. El director de la Oficina de Certificaciones Docentes y Credenciales de
Personal, en colaboración con el coordinador de TÃtulo II de la HEA del
DEPR y los representantes de la IES públicas y privadas con PPM
establecerán los formatos uniformes para los informes y planes de
acción.