Regl. 4144, art. 8-8.7 dup2
Separaciones durante el PerÃodo Probatorio
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Cite as Reglamento Núm. 4144, Art. 8-8.7 dup2
Se podrá separar de su puesto a cualquier empleado de carrera durante
el perÃodo probatorio cuando se considere que sus servicios, hábitos o actitudes no justifican concederle un nombramiento regular. Si la separación fuera
debida a los habitos o actitudes del empleado, se podrá proceder a su separación del servicio mediante el procedimiento de destitución.
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