Regl. 9759, art. 2.7 dup2
Celebración de Actividades en Áreas Circundantes a los Edificios
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Cite as Reglamento Núm. 9759, Art. 2.7 dup2
1. Actividades Cívicas y Culturales
Se podrá autorizar el uso de plazas y patios de los edificios de la AEP para la celebración de
actividades cívicas y culturales, siempre que se solicite con anticipación suficiente y por escrito al
Director Ejecutivo 0 a la persona en quien éste delegue y así se autorice.
Se enviará copia de todo documento en el que se autorice dicho uso a la Oficina de Seguridad
Interna para que ésta coordine la prestación de servicios de vigilancia y seguridad a los
participantes.
La celebración de actividades en horas laborables estará condicionada, además, a que éstas no
interfieran con el funcionamiento ordinario de la AEP y/o las agencias arrendatarias, ni afecten la
prestación de servicios.
2. Actividades Concertadas
Todo paro, huelga, protesta, piquete o manifestación organizada por empleados de la Autoridad,
de los arrendatarios o concesionarios, o por grupos de ciudadanos en demanda de mejores
condiciones de empleo o en protesta por actuaciones gubernamentales, tendrá que efectuarse fuera
de los predios de la Autoridad.
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La Oficina de Seguridad Interna coordinará con la Policía de Puerto Rico la asignación de agentes
para asegurar el orden dentro del grupo de manifestantes y facilitar el acceso a empleados no
vinculados a la actividad y a la clientela de usuarios del edificio. Nada de lo antes mencionado se
debe interpretar como un reconocimiento a la validez o legalidad de las actividades concertadas
que puedan realizarse, o como una renuncia de parte de la AEP al ejercicio de sus derechos a fijar
responsabilidades e imponer sanciones que por disposición de leyó reglamento le sea permitido.
La Oficina de Seguridad Interna será responsable de tomar todas las medidas que sean necesarias
para proteger los accesos y áreas sensitivas de los edificios, con miras a prevenir actos de sabotaje
y paralización de los servicios públicos.
CAPÍTULO III: PROTOCOLO PARA EL USO DE CÁMARAS DE SEGURIDAD Y
VIGILANCIA