Regl. 9759, art. 2.7 dup2

Celebración de Actividades en Áreas Circundantes a los Edificios

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Cite as Reglamento Núm. 9759, Art. 2.7 dup2

1. Actividades Cívicas y Culturales Se podrá autorizar el uso de plazas y patios de los edificios de la AEP para la celebración de actividades cívicas y culturales, siempre que se solicite con anticipación suficiente y por escrito al Director Ejecutivo 0 a la persona en quien éste delegue y así se autorice. Se enviará copia de todo documento en el que se autorice dicho uso a la Oficina de Seguridad Interna para que ésta coordine la prestación de servicios de vigilancia y seguridad a los participantes. La celebración de actividades en horas laborables estará condicionada, además, a que éstas no interfieran con el funcionamiento ordinario de la AEP y/o las agencias arrendatarias, ni afecten la prestación de servicios. 2. Actividades Concertadas Todo paro, huelga, protesta, piquete o manifestación organizada por empleados de la Autoridad, de los arrendatarios o concesionarios, o por grupos de ciudadanos en demanda de mejores condiciones de empleo o en protesta por actuaciones gubernamentales, tendrá que efectuarse fuera de los predios de la Autoridad. 15 La Oficina de Seguridad Interna coordinará con la Policía de Puerto Rico la asignación de agentes para asegurar el orden dentro del grupo de manifestantes y facilitar el acceso a empleados no vinculados a la actividad y a la clientela de usuarios del edificio. Nada de lo antes mencionado se debe interpretar como un reconocimiento a la validez o legalidad de las actividades concertadas que puedan realizarse, o como una renuncia de parte de la AEP al ejercicio de sus derechos a fijar responsabilidades e imponer sanciones que por disposición de leyó reglamento le sea permitido. La Oficina de Seguridad Interna será responsable de tomar todas las medidas que sean necesarias para proteger los accesos y áreas sensitivas de los edificios, con miras a prevenir actos de sabotaje y paralización de los servicios públicos. CAPÍTULO III: PROTOCOLO PARA EL USO DE CÁMARAS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA
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