Regl. 9759, art. 4.7

Emergencia en Caso de Incendio

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Cite as Reglamento NĂşm. 9759, Art. 4.7

En caso de surgir un incendio en uno de los pisos o áreas de trabajo, se notificará de inmediato al Comité de Manejo de Emergencias para que comiencen las labores según el plan de emergencia. El Coordinador de Manejo de Emergencias se comunicará con el Cuerpo de Bomberos para indicar la magnitud del incendio. De ser necesario, se procederá a activar el plan de desalojo, utilizando las escaleras o puertas de salida de emergencia. Los documentos oficiales deben ser resguardados en archivos resistentes y elevados del piso. Si hay mucho humo en la ruta de salida, se deberá caminar agachado para evitar inhalar humo (aproximadamente a dos pies del piso). Nunca abra una puerta si está caliente al tacto de su mano invertida. Si es posible abrir la puerta, apoye el cuerpo contra ésta en postura agachada cerca del piso y, con lentitud, abra apenas la puerta. Esto para verificar la presencia de humo o fuego en el pasillo. Los funcionarios, empleados o visitantes no deben tratar de apagar el fuego si se ha intensificado. Si se está atrapado en una oficina llena de humo, deberá tirarse al piso para respirar el aire menos contaminado. Cuando las personas hayan logrado salir y estar a salvo, no deben regresar al lugar del incendio. Además de ser un riesgo para su vida, podría obstaculizar las labores de rescate de los Bomberos y la Policía. Si no es posible salir de la oficina, cierre la puerta y busque alivio en el aire fresco de las ventanas, mientras recibe ayuda. Tape las hendiduras y cubra los respiraderos para impedir la entrada de humo. Hacer señales pidiendo ayuda desde una ventana para poder identificar el lugar exacto donde se encuentra, puede facilitar el trabajo a los grupos de rescate. Una vez comience el desalojo, no deberá regresar a su oficina en busca de carteras, maletines u objeto alguno que haya olvidado. Tampoco se permitirá el movimiento de vehículos en el estacionamiento hasta que así sea autorizado. Manténgase alejado de zonas afectadas a menos que la Policía, Bomberos, u organizaciones de socorro hayan solicitado específicamente su ayuda. 28
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