Regl. 9760, art. XI dup2

Reparación de Propiedad

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Cite as Reglamento Núm. 9760, Art. XI dup2

A. Cualquier unidad de trabajo de la ACAA que requiera la reparación de equipo averiado, notificará al Encargado de la Propiedad y preparará una solicitud S por escrito. B. El Encargado de la Propiedad recibirá la solicitud y de ser necesario se llevará a cabo una inspección del equipo que se va a reparar, tomando en consideración la fecha de adquisición, el costo y vida útil del equipo. Se procederá de la siguiente manera: 1. Deberá notificar al Encargado de la Propiedad y corroborar la documentación aplicable al caso. El Encargado de la Propiedad verificará si el equipo se encuentra en garantía, de estar en garantía se procederá a solicitar el formulario Solicitud de Transferencia de Equipo (Forma ACAA 600-76) para tramitar el reclamo de la garantía. 2. En el caso de una reparación, se tramitará a través de la Solicitud de Reparación (Forma ACAA 600-23). Del equipo no tener reparación, el custodio tramitará la Solicitud de Transferencia de Equipo (Forma ACAA 600-76) al Departamento de Compras para realizar el proceso de disposición correspondiente. Es responsabilidad del Departamento que realiza la reparación la devolución de la propiedad. 3. Toda solicitud deberá ser tramitada a través de la División de Propiedad y deberá estar firmada por el Encargado de la Propiedad.
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