Regl. 9761, art. 2.5 dup2
RESPONSABILIDADES DEL SECRETARIO Y COMPOSICIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 9761, Art. 2.5 dup2
DEL CUERPO INTERDENOMINACIONAL DE CAPELLANES
El secretario del Departamento de Seguridad Pública tendrá la responsabilidad de
reglamentar el CICPR y velar por el cumplimiento con las leyes y reglamentos
correspondientes para hacer valer los derechos de los ciudadanos, empleados y
personas que reciban los beneficios. El secretario deberá coordinar todos los
esfuerzos con la Oficina de Base de Fe en la Fortaleza, así como con las
respectivas oficinas de Bases de Fe de los Municipios, existentes 0 que a futuro
puedan crearse.
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El Cuerpo interdenominacionai de Capeiianes de Puerto Rico estará constituido
por el personal designado por el secretario, el Consejo Asesor y los Capellanes.