Regl. 4144, art. 9-9.6 dup2
Pago de MatrÃcula
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Cite as Reglamento Núm. 4144, Art. 9-9.6 dup2
Se podrá autorizar el pago de matrÃcula a los empleados, conforme a
las normas que se establecen a continuación. A tales fines se consignarán los
fondos necesarios en el presupuesto de la Oficina de Asuntos Laborales
(Nombre de la agencia)
1. Disposiciones Generales
a) El pago de matrÃcula se utilizará como un recurso para el mejoramiento de conocimiento y destrezas requeridas a los empleados
para el mejor desempeño de sus funciones asà como para su crecimiento en el servicio público.
b) E1 pago de matrÃcula se aplicará principalmente a estudios
académicos de nivel universitario que se lleven a cabo en
Puerto Rico en instituciones oficialmente reconocidas por el
Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
*Esta disposición es aplicable a los Administradores Individuales
cuyos fondos son intervenidos por el Departamento de Hacienda.
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c)-se podrá autorizar hasta un máximo de seis (6) créditos
a un empleado durante un semestre escolar o sesión de
verano. En casos meritorios, podrá autorizarse un número
mayor de créditos. Se dejará constancia, en cada caso, de
las razones de mérito que justifiquen la acción que se
tome.
2. Establecimiento de Prioridades
A1 establecer las prioridades que regirán esta actividad se
tomará en consideración, entre otros, uno o más de los siguientes
criterios:
a) La necesidad de preparar personal en determinadas materias
para poder prestar un mejor servicio, mejorar la eficiencia del personal o adiestrar su personal en nuevas destrezas.
b) Que sean cursos 0 asignaturas estrechamente relacionadas con
los deberes y responsabilidades del puesto que ocupa el
empleado.
c) Que sean cursos o asignaturas conducentes al grado de bachiller en campos relacionados con el servicio público.
d) Que sean cursos O asignaturas postgraduados en campos
relacionados con el servicio público.
e) Que sean cursos preparatorios para permitir al personal asumir
nuevos deberes y responsabilidades.
f) Que sean cursos organizados o auspiciados por el Instituto.
3. Denegación de Solicitudes
No se autorizará pago de matrÃcula a empleados:
a) Cuyo Indice académico general en cursos anteriores autorizados
bajo el programa de pago de matrÃcula, sea inferior a 2.5 en
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estudios a nivel de bachillerato o 3.0 en estudios postgraduados.
b) Que soliciten cursos sin crédito excepto en casos de cursos
organizados por la Oficina de Asuntos Laborales
(Nombre de la agencia)
por el Instituto, o por organizaciones profesionales.
c) Que se hayan dado de baja en cursos autorizados para sesiones
anteriores, después de la fecha fijada por el centro de estudio
para la devolución de los cargos de matrÃcula, a menos que
reembolsen el total invertido en la misma, excepto en los
siguientes casos: que haya sido llamado a servicio militar;
que se les haya requerido viajar fuera de Puerto Rico en
asuntos oficiales; que se les haya trasladado a pueblos
distantes de los centros de estudio; que por razones de
enfermedad se hayan visto obligados a ausentarse de su trabajo y sus estudios, o que los empleados se vean impedidos,
por razones ajenas a su voluntad, a continuar estudios.
4. Gastos que se autorizarán
La autorización de pago de matrÃcula sólo incluye los gastos por
concepto de horas créditos de estudio (tuition). Las cuotas y los
gastos incidentales correrán por cuenta de los empleados.
5. Reembolso de Pago de MatrÃcula
Los empleados acogidos a los beneficios del plan de matrÃculas
que descontinuen sus estudios, vendrán obligados a reembolsar al erario
la cantidad invertida. E1 Director Ejecutivo
(Jefe de la agencia)
podrá eximir de reembolso al empleado cuando compruebe que ha habido
causa que lo justifique.
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6. Informe de Progreso Academico
Será responsabilidad de cada empleado a quien se le conceda pago
de matrÃcula someter a la agencia evidencia de su aprovechamiento
academico. La Oficina de Asuntos Laborales
podrá cuando
(Nombre de la agencia)
asà lo considere necesario, solicitar de los centros de estudio una
relación de las calificaciones obtenidas por sus empleados en cursos
cuya matrÃcula haya sido sufragada mediante este programa.