Regl. 4144, art. 9-9.8 dup2
Historiales de Adiestramientos e Informes
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Cite as Reglamento Núm. 4144, Art. 9-9.8 dup2
1. Historial en Expedientes de Empleados
La Oficina de Asuntos Laborales mantendrá en el expediente de
(Nombre de la agencia)
cada uno de sus empleados un historial de los adiestramientos en que éstos
participen, el cual podrá ser utilizado como una de las fuentes de referencia cuando se vaya a tomar decisiones relativas a ascensos, traslados, asignaciones de trabajo, evaluaciones y otras acciones de personal. El historial
de adiestramiento del empleado podrá incluir evidencia de participación, por
iniciativa propia, en cualquier actividad educativa reconocida.
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2. Historiales de Actividades
La
Oficina de Asuntos Laborales
mantendrá historiales de
(Nombre de la agencia)
las actividades de adiestramiento celebradas, evaluaciones de las mismas y personas participantes, para fines de la evaluación de sus respectivos programas de adiestramiento y desarrollo.
3. Informes
Anualmente la Oficina de Asuntos Laborales
enviará al
(Nombre de la agencia)
Instituto un informe sobre las actividades de adiestramiento celebradas durante el año fiscal. EL mismo deberá contener la información
necesaria sobre el volumen y clases de adiestramientos ofrecidos, los
gastos incurridos en adiestramientos y el número de participantes,
para fines de medición de la actividad global de adiestramiento y
desarrollo del personal en el servicio público.
PARTE IV
OTRAS DISPOSICIONES RELATIVAS A LA ADMINISTRACION DE PERSONAL