Regl. 9766, art. 10-11
ALQUILER, CÁNONES DE ALQUILERES Y CARGOS APLICABLES
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Cite as Reglamento Núm. 9766, Art. 10-11
A. La APP mantendrá una estructura de cánones de alquileres y comisiones por valor justo de
mercado que dará lugar a una operación autosustentable dadas las circunstancias existentes.
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B. Los cánones mínimos de alquileres por categoría de instalación se establecerán, de tiempo en
tiempo, por Resolución de la Junta de Directores de la APP. La Junta determinará los cánones
mínimos a base de un estudio de mercado. El estudio de mercado deberá ser realizado por un
profesional independiente con licencia y/o autorizado, contratado por la APP a tal efecto.
C. Las resoluciones de la Junta de Directores mediante las cuales se adopten los cánones mínimos
de alquileres estarán disponibles al público en la oficina del Director Ejecutivo y se proveerá
copia impresa o electrónica de las mismas a todo el que lo solicite.
D. El primer estudio de mercado para determinar los cánones mínimos de alquileres deberá
realizarse en o antes del 31 de diciembre de 2022. Durante el periodo previo a la realización
del estudio, los cánones se determinarán a base de tasación.
E. La Junta de Directores de la APP podrá autorizar al Director Ejecutivo a negociar con cualquier
solicitante o cliente un canon de alquiler menor al establecido mediante resolución, siempre
que sirva a los mejores intereses de la APP y sea aprobado por su Junta de Directores, pero
dicho canon negociado nunca podrá ser menor al establecido en el Anejo A de este
Reglamento. Para dicha negociación, el Director Ejecutivo deberá tomar en consideración los
cánones de alquileres de bienes inmuebles similares de otras entidades gubernamentales o
privadas.
F. Las diferentes categorías que cánones de alquileres serán:
1. Terrenos sin desarrollar
2. Terrenos desarrollados
3. Edificios de almacenamiento
4. Espacios de oficinas individuales
5. Cualquier otra categoría que el Junta de Directores de la APP determine que
está disponible para alquiler.
G. El valor del alquiler reflejará el precio anual del alquiler por pie cuadrado, por metro cuadrado
o por cuerda, dependiendo del tamaño del área a arrendar. Cuanto menor sea el área, mayor
será el alquiler. El alquiler del espacio de oficinas se establecerá por pie cuadrado.
El alquiler de los terrenos se establecerá por metros cuadrados en el caso de que el tamaño de
la superficie a arrendar sea inferior a 3.930,39 metros cuadrados (una cuerda) y el alquiler de
los edificios de almacenamiento o instalaciones cubiertas se establecerá por pies cuadrados.
H. Los contratos deberán tener una duración suficiente para permitir que un arrendatario que esté
realizando una inversión sustancial en mejoras de capital amortice la inversión de mejoras de
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capital durante el plazo del contrato que no exceda el plazo máximo permitido por este
reglamento.
I. La APP establecerá honorarios y cargos para recuperar los costos asociados con la
planificación, el desarrollo, la operación y los gastos de administración de sus instalaciones,
determinados por el Director Ejecutivo y aprobado por el Junta de Directores de la APP.
J. El ajuste de alquiler y los cánones de renta será efectivo el primer día del año fiscal siguiente
a la aprobación de la renta aplicable o según lo ordenado por el Junta de Directores de la APP.
K. Cualquier extensión de plazo para cada contrato de arrendamiento, deberá considerar los
cánones de alquiler aplicables en el momento en que la extensión es efectiva y el alquiler por
el período extendido será el más alto entre el canon de alquiler originalmente negociado o el
canon de alquiler aplicable al nuevo término, a menos que a base de los mejores intereses de
la APP, la Junta de Directores determine algo distinto.
L. Servicios públicos Como regla general, todos los arrendatarios serán responsables del pago
directo de los servicios públicos tales como agua, internet, teléfono, electricidad, seguridad y
mantenimiento de los locales arrendados. Con excepción, cuando la APP proporcione
cualquiera de los servicios públicos a un arrendatario, se establecerá un sistema de contadores
o una tarifa fija para que la APP recupere el costo real del consumo del arrendatario. La tarifa
mínima de servicios públicos para cualquier servicio será de $25.00 por mes.
M. Los costos de instalación del medidor serán incurridos por la APP, pero serán reembolsados
por los arrendatarios sobre la base de una factura neta de 30 días.
N. Se cobrará una multa mensual del 9% del alquiler total o cargo adeudado por cualquier cuenta
por pagar después de diez (10) días.