Regl. 9766, art. 10-3

RESUMEN EJECUTIVO

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Cite as Reglamento Núm. 9766, Art. 10-3

A. Este reglamento establece los parámetros para los derechos de uso y/o arrendamiento de todos los bienes inmuebles de la Autoridad del Puerto de Ponce, según definidos en la Regla 5. La APP salvaguardará y preservará el cumplimiento de las obligaciones federales en todos los acuerdos y permisos. B. Las reglas describen el proceso que debe seguir la APP para establecer y ajustar los alquileres y otros criterios económicos o cargos asociados con el arrendamiento, ocupación y o uso de las propiedades, estructuras, instalaciones, bienes legales y terrenos dentro del Puerto de Ponce o la zona de valor añadido y otros terrenos o estructuras adyacentes o adquiridas por la APP como parte del Puerto de Ponce. C. La APP es dueña o posee el derecho a administrar y dirigir las siguientes facilidades: 1. Las propiedades municipales de la Junta Administrativa del Puerto de Ponce bajo un memorando de entendimiento (MOU, por sus siglas inglés) con el Municipio de Ponce hasta que se complete la transferencia de título, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 240-2011, según enmendada. 2 página 2. El edificio administrativo de la APP bajo un contrato de arrendamiento de la Autoridad Ponce. 3. La zona de valor añadido que incluye la Finca Percón. D. La APP puede adquirir otras propiedades y/o estructuras en el futuro a título o por cualquier otro medio legal, incluyendo expropiación o arrendamientos.
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