Regl. 9766, art. 10-6

DISPOSICIONES GENERALES, PRIVILEGIOS Y DERECHOS

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Cite as Reglamento Núm. 9766, Art. 10-6

A. Cualquier persona interesada en arrendar cualquier bien inmueble de la APP, debe presentar una comunicación por escrito a la APP de acuerdo con las Reglas 8 y 9. (Anejo B) B. El solicitante o cliente debe presentar cualquier información relevante según le sea requerida por la APP a través del Director Ejecutivo. C. Los términos y condiciones de cualquier contrato serán negociados por la APP de acuerdo con lo dispuesto en este reglamento. D. La APP podrá rechazar cualquier propuesta que no le proporcione toda la información necesaria para una evaluación exhaustiva de los costos y beneficios del arrendamiento de sus bienes inmuebles. Además, la propuesta podrá ser rechazada en base a criterios razonables relacionados con las políticas generales establecidas por la Junta de Directores de la APP o por 5|página el incumplimiento específico de cualquiera de estas reglas o debido a la falta de solidez empresarial, según determinado por la Junta de Directores de la APP. E. La APP a su entera discreción, puede requerir del Solicitante o del cliente información adicional para continuar analizando la propuesta. F. En el caso que la APP y el proponente o cliente no lleguen a un acuerdo por negociación, la APP no estará atada u obligada a arrendar o alquilar, ninguna de sus instalaciones dentro de la zona portuaria. G. La APP puede a su entera discreción, solicitar propuestas competitivas (RFP, por sus siglas en inglés) para atraer negocios que sean compatibles o apropiados para llevarse a cabo dentro del área designada por el puerto. La APP determinará los requisitos mínimos que tendrán que cumplir las propuestas. H. Todos los contratos de arrendamiento se finalizarán dentro de un plazo razonable y la firma se llevará a cabo a más tardar cinco (5) días hábiles después de que la Junta de la APP lo haya aprobado. Si un acuerdo no se firma dentro de ese plazo o en cualquier otra fecha acordada, la APP se considerará liberada de cualquier obligación y será libre de ofrecer la misma propiedad a cualquier otro proponente o cliente sin ninguna responsabilidad hacia el proponente original no firmante. I. Las áreas arrendadas se desarrollarán de acuerdo con los períodos, especificaciones, objetivos y otras condiciones descritas en el contrato de arrendamiento. Las mejoras estructurales se considerarán permanentes y se convertirán propiedad del arrendador al final del plazo de arrendamiento por cualquier causa o razón sin ningún derecho de reembolso o pago por parte del propietario o arrendador. La titularidad de las mejoras se producirá automáticamente sin necesidad de documentación alguna. J. La construcción de cualquier mejora ofrecida por el arrendatario y aprobada por escrito por el arrendador comenzará dentro de los primeros tres (3) meses del plazo del contrato de arrendamiento y se finalizará dentro de los siguientes nueve (9) meses y todas las mejoras se construirán de acuerdo con los planes y especificaciones aprobados y después de obtener el permiso de construcción necesario de la agencia gubernamental pertinente. La APP tendrá el derecho de exigir la presentación del alcance de las mejoras, estimaciones de costos, planos, esquemas dependiendo de la naturaleza de la construcción, evaluaciones ambientales y análisis de los efectos en las operaciones del Puerto y cualquier otra información requerida por la ley o requerida para obtener un endoso o aprobación de una agencia federal. Será responsabilidad del arrendatario obtener todos los permisos, aprobaciones o endosos requeridos de cualquier agencia local o federal. K. El arrendatario deberá mantener actualizados y en cumplimiento todos los permisos requeridos para sus operaciones. 6 página L. En el caso de que la APP y el arrendatario decidan modificar de los términos, disposiciones, especificaciones o condiciones de un contrato de arrendamiento vigente, un nuevo contrato revisado debe ser firmado por ambas partes y debe estar registrado en la Oficina del Contralor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para que entre en vigencia. M. El alquiler y otros cargos establecidos en cualquier contrato de arrendamiento se cobrarán de acuerdo con este reglamento.
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