Regl. 9766, art. 10 dup2
PRIVILEGIOS, DERECHOS Y RESPONSABILIDADES GENERALES DE
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Cite as Reglamento Núm. 9766, Art. 10 dup2
LOS ARRENDATARIOS, OPERADORES Y/O SOLICITANTES
Los siguientes requisitos serán comunes para todos los usuarios, operadores, titulares de permisos
y arrendatarios de la APP:
1. Los arrendatarios estarán al corriente en los pagos de alquiler de arrendamiento.
2. En la operación y uso de las instalaciones de la APP ningún arrendatario
discriminará ni permitirá que se discrimine a ninguna persona o grupo de personas
a base de motivos prohibidos por ley.
3. Todos los arrendatarios estarán obligados por las polÃticas aplicables establecidas
por la APP relacionadas con los asuntos de seguridad y protección.
4. Todos los arrendatarios serán responsables de instalar y pagar los servicios de
utilidades públicas necesarios en sus operaciones y/o acordarán con la APP los
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términos y condiciones por los cuales la APP pondrá a disposición de estos dichos
servicios, en el caso de que los mismos no sean susceptibles de ser prestados de
forma independiente.
5. Todos los arrendatarios asumirán toda la responsabilidad por los daños y perjuicios
que sufra o cause cualquier tercero que llegue a sus instalaciones o mientras se
encuentra allà y mientras se encuentra dentro de las instalaciones del puerto. La
APP estará libre de cualquier responsabilidad de tal carácter y los arrendatarios
obtendrán la cobertura de seguro adecuada para protegerse a sà mismos y a los
arrendadores de cualquier responsabilidad de este tipo.
6. Todos los arrendatarios deberán mantener a su propio costo su propiedad arrendada
en condiciones óptimas en cuanto a reparaciones, limpieza y mantenimiento
general según requerido por la APP o según lo dispuesto en el contrato de
arrendamiento.
7. Los arrendatarios serán totalmente responsables de reparar, a su propio costo, todos
los daños a los bienes inmuebles de la APP, asà como a los equipos y accesorios
que allà se encuentren, causados por los actos u omisiones de sus empleados,
agentes, clientes, visitantes, proveedores o personas con las que hacen negocios.
8. Devolver las instalaciones en un estado limpio y ordenado al final de cualquier
contrato de arrendamiento por cualquier causa, de lo contrario, todos los gastos de
limpieza incurridos por la APP serán facturados al arrendatario y constituirán una
deuda válida y ejecutable del arrendatario.
9. La cantidad mÃnima de cobertura para exenciones de responsabilidad será de un
millón de dólares ($1,000,000.00) por lesiones personales o muerte, un millón de
dólares ($1,000,000.00) por ocurrencia que afecte a una o más personas, un millón
de dólares ($1,000,000.00) por daños a la propiedad de otros y una cobertura por
daños causados por incendio o agua por un mÃnimo de cincuenta mil dólares
($50,000.00).
Los arrendadores serán incluidos como asegurados adicionales en todas las pólizas. Los
arrendatarios proporcionarán un Acuerdo de Exención de Responsabilidad y cualquier otra póliza
que la APP considere necesaria dependiendo del tipo de actividad que tendrá lugar en las
instalaciones portuarias a utilizar.