Regl. 9769, art. 11

PÓLIZAS DE SEGURO

Length: 110 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9769, Art. 11

Durante el término del contrato, el contratista deberá mantener vigente las pólizas de seguro necesarias para cubrir al Centro contra los riesgos inherentes a la prestación de los servicios. Las pólizas deben ser emitidas por compañías de seguro reconocidas, incluir todos los endosos requeridos a favor del Centro, y con cubiertas y limites apropiados. Previo a la formalización de los contratos, se debe requerir evidencia de que las pólizas solicitadas fueron obtenidas y pagadas en su totalidad. Será responsabilidad del administrador del contrato identificar los riesgos inherentes a la prestación de servicios y asegurar que el mismo incluya cláusulas de seguros y garantías apropiadas para el nivel de riesgo identificado.
Regl. 9769, art. 11: PÓLIZAS DE SEGURO | Justis AI