Regl. 9769, art. 13
INTERPRETACIÓN DEL REGLAMENTO
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Cite as Reglamento Núm. 9769, Art. 13
El Director Ejecutivo del Centro podrá interpretar, ordenar y clarificar las disposiciones de este
Reglamento, cuando fuere necesario. Además, el Director Ejecutivo del Centro podrá emitir
polÃticas y procedimientos adicionales para regular aquellas áreas de la contratación de servicios
profesionales, consultivos y no profesionales no provistos en este Reglamento.