Regl. 9769, art. 5
DEFINICIONES
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Cite as Reglamento Núm. 9769, Art. 5
Todo término utilizado para referirse a una persona se refiere a ambos géneros. Las palabras y
frases usadas serán interpretadas y tendrán el significado sancionado por el uso común y corriente.
Los siguientes términos tendrán los significados que se expresan a continuación:
(1)
Centro Centro Comprensivo de Cáncer de la Universidad de Puerto Rico.
CENTRO
COMPRENSIVO
(Cont. Reglamento para la Contratación...
DE CANCER
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DELAU ERSID ADDEPU RICO
GOBIERNO DE PUERTO RICO
(2)
Conflicto de Intereses Situación en la que el interés personal o económico
del funcionario o empleado, de personas relacionadas con este, o del contratista
está, o puede razonablemente estar, en pugna con el interés público.
(3)
Contrato Significa todo pacto, convenio o negocio jurÃdico en el que las
partes se obligan a dar alguna cosa, o en hacer o dejar de hacer determinado acto,
y que es otorgado por el consentimiento de los contratantes, en relación con un
objeto cierto, material del contrato y en virtud de la causa que se establezca.
(4)
Contratista-Toda persona natural o jurÃdica a quien el Centro le haya
otorgado, o esté en vÃas de otorgarle, un contrato de servicios profesionales, y/o
consultivos y/o no profesionales.
(5)
Director Ejecutivo Significa el director ejecutivo del Centro Comprensivo
de Cáncer de la Universidad de Puerto Rico.
(6)
Empleado-Persona que ocupa un puesto en el Centro e incluye a los
empleados regulares, de confianza, los de nombramientos transitorio y a los que se
encuentran en periodo probatorio.
(7)
Entidades públicas -Toda - corporación pública, departamento, agencia o
instrumentalidad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
(8)
Junta-Significa la Junta de directores del Centro.
(9)
Oficiales-Aquellas personas nombradas por la Junta de directores del Centro
con un tÃtulo corporativo, entre ellos, el director ejecutivo y el administrador.
(10) Persona-Persona natural, jurÃdica o grupo de personas o asociaciones, que
interesan entablar una relación contractual, comercial o financiera con el Centro, o
CENTRO
COMPRENSIVO
(Cont. Reglamento para la Contratación... )
DE CANCER
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DELAI ERSID ERTORICO
GOBIERNO DE PUERTO RICO
que han perfeccionado un contrato para la prestación de servicios profesionales,
consultivos o no profesionales con el Centro.
(11) Unidad familiar-Incluye al cónyuge del funcionario, exfuncionario, oficial,
exoficial, empleado o exempleado, a los hijos dependientes de este, o aquellas
personas que comparten su residencia legal o cuyos asuntos financieros están bajo
su control.
(12) Servicios Profesionales o Consultivos - Aquellos servicios cuya prestación
principal consista en el producto de la labor intelectual, creativa o artÃstica en el
manejo de destrezas altamente técnicas y especializadas de nivel universitario.
(13) Servicios No Profesionales Aquellos servicios cuya prestación principal
no consiste en el producto de la labor intelectual, creativa o artÃstica, o en el manejo
de destrezas altamente técnicas o especializadas.