Regl. 9771, art. 3 dup2

Propósito, Resumen Ejecutivo y Análisis Costo-Beneficio

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Cite as Reglamento Núm. 9771, Art. 3 dup2

Mediante la aprobación de la Ley Núm. 107-2020, supra, el Gobierno de Puerto Rico estableció como política pública la agilización de los procesos administrativos y operacionales a través de la reducción de la duplicación innecesaria de leyes, reglamentos, normas y procedimientos que obstaculizan las gestiones de la administración pública; con el objetivo de facilitar el financiamiento municipal. La Ley Núm. 107-2020, supra, autorizó a los municipios a contratar empréstitos en forma de bonos y pagarés, a contraer obligaciones garantizadas con el producto de los ingresos o recursos derivados del impuesto municipal sobre ventas y uso al detal, y a emitir bonos o pagarés de obligación general, bonos de rentas, bonos de obligación especial y bonos de refinanciamiento. En este Reglamento se establecen los requisitos para la solicitud de aprobación, el procedimiento para la presentación y evaluación de dichas solicitudes, los criterios aplicables para evaluar las obligaciones propuestas, así como los procedimientos y medidas necesarias para implementar la Ley Núm. 107-2020, supra. Además, se reglamenta el ejercicio de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico como agente fiscal de los municipios, en su responsabilidad de velar por el fiel cumplimiento de dicha Ley y por la sana administración de la actividad prestataria municipal. La Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico certifica que la entrada en vigor de este Reglamento no representa un costo adicional para sí, para el Gobierno de Puerto Rico o el pueblo en general.
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