Regl. 9771, art. 3 dup2
Propósito, Resumen Ejecutivo y Análisis Costo-Beneficio
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Cite as Reglamento Núm. 9771, Art. 3 dup2
Mediante la aprobación de la Ley Núm. 107-2020, supra, el Gobierno de Puerto Rico estableció
como política pública la agilización de los procesos administrativos y operacionales a través de la
reducción de la duplicación innecesaria de leyes, reglamentos, normas y procedimientos que
obstaculizan las gestiones de la administración pública; con el objetivo de facilitar el
financiamiento municipal.
La Ley Núm. 107-2020, supra, autorizó a los municipios a contratar empréstitos en forma de bonos
y pagarés, a contraer obligaciones garantizadas con el producto de los ingresos o recursos
derivados del impuesto municipal sobre ventas y uso al detal, y a emitir bonos o pagarés de
obligación general, bonos de rentas, bonos de obligación especial y bonos de refinanciamiento.
En este Reglamento se establecen los requisitos para la solicitud de aprobación, el procedimiento
para la presentación y evaluación de dichas solicitudes, los criterios aplicables para evaluar las
obligaciones propuestas, así como los procedimientos y medidas necesarias para implementar la
Ley Núm. 107-2020, supra. Además, se reglamenta el ejercicio de la Autoridad de Asesoría
Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico como agente fiscal de los municipios, en su
responsabilidad de velar por el fiel cumplimiento de dicha Ley y por la sana administración de la
actividad prestataria municipal.
La Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico certifica que la entrada en
vigor de este Reglamento no representa un costo adicional para sí, para el Gobierno de Puerto Rico
o el pueblo en general.