Regl. 9771, art. 5
Interpretación
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Cite as Reglamento Núm. 9771, Art. 5
Las palabras y frases utilizadas en este Reglamento se interpretarán según el contexto y significado
sancionado por el uso común y corriente.
Los términos utilizados en este Reglamento en el tiempo futuro incluyen también el tiempo
presente; los usados en el género masculino incluyen el femenino y el neutro; el número singular
incluye el plural y el plural incluye el singular, salvo los casos en que tal interpretación resulte
absurda 0 incompatible.
Si el lenguaje empleado es susceptible de dos o más interpretaciones, se interpretará para adelantar
los propósitos de este Reglamento y del artÃculo o inciso particular objeto de interpretación.