Regl. 9773, art. 4-5

Protecciones

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Cite as Reglamento Núm. 9773, Art. 4-5

1. Todos los miembros del DSP involucrados en el uso de sUAS protogerán los derechos civiles establecidos en la Constitución de Estados Unidos y en la Constitución del Gobierno de Puerto Rico, así como también cumplirán con las leyes y reglamentos estatales y federales aplicables, y con lo establecido en este Reglamento. 2. Ningún miembro de los negociados podrá hacer uso de sUAS para efectuar algún tipo de investigación o actividad en contra de personas considerando únicamente características tales como raza, color, sexo, orientación sexual, identidad o expresión de género, nacimiento, discapacidad, edad, religión, Página 9 origen nacional ideología políticas o creencias religiosas O ser persona sin hogar u otra razón prohibida.
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