Regl. 9776, art. IV-4.08
Causas para Cancelar la Participación en el Programa
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Cite as Reglamento Núm. 9776, Art. IV-4.08
Los participantes pueden ser separados del Programa por cualquiera de las siguientes razones:
1. A solicitud del participante.
2. Cuando el participante no demuestre el nivel de dedicación esperado o haya incumplido cualquiera
de las normas establecidas en el Programa.
3. Cualquier otra razón que la Directora determine que afecte el propósito y el funcionamiento del
Programa o de la OPM.
Una vez ocurra la separación del Programa, la misma se considerará definitiva y el participante recibirá
solamente el incentivo correspondiente hasta ese momento. Cuando la separación es por determinación
de la OPM, el participante no puede solicitar ingreso nuevamente en el Programa.
La Directora notificará a la institución educativa de donde provenga el participante de la referida
separación del Programa.