Regl. 9776, art. I-1.03

Propósito, Resumen Ejecutivo y Analisis Costo-Beneficio

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Cite as Reglamento Núm. 9776, Art. I-1.03

La Ley Núm. 20-2001, según enmendada, creó la Oficina de la Procuradora de las Mujeres como el organismo responsable de velar por el desarrollo pleno de las mujeres y por la protección de sus derechos fundamentales. En cumplimiento de esa responsabilidad, la Oficina promueve iniciativas dirigidas a fortalecer el conocimiento, la participación y la formación de futuras generaciones comprometidas con la política pública de igualdad, equidad y respeto a la dignidad humana. Desde esta perspectiva, el Reglamento del Programa de Internado Velda González de Modestti tiene el propósito de establecer las normas y procedimientos que regirán la organización, administración y funcionamiento de dicho Programa. Mediante esta iniciativa se procura ofrecer a estudiantes universitarios una experiencia formativa que complemente su preparación académica mediante la exposición práctica a las funciones, programas y servicios que desarrolla la Oficina de la Procuradora de las Mujeres. Asimismo, se fomenta el desarrollo profesional, el servicio público y el conocimiento de los mecanismos institucionales dirigidos a la promoción y protección de los derechos de las mujeres. La adopción de este Reglamento permite implantar de manera uniforme las disposiciones de la Ley Núm. 105-2024 y garantizar una administración adecuada del Programa de Internado. La Oficina certifica que la aprobación y puesta en vigor de este Reglamento no conlleva un impacto fiscal adicional significativo para la Agencia, otras entidades gubernamentales o la ciudadanía, y que los beneficios educativos e institucionales derivados de su implantación superan cualquier costo administrativo incidental asociado a su ejecución. 2
Regl. 9776, art. I-1.03: Propósito, Resumen Ejecutivo y Analisis Costo-Beneficio | Justis AI