Regl. 9777, art. III-3.02

Facultades y responsabilidades del Coordinador

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Cite as Reglamento Núm. 9777, Art. III-3.02

Luego de examinar la disponibilidad y expectativas requeridas por cada área O división de la OPM, el Coordinador ejecutará las funciones siguientes: REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE INTERNADOS DE LA OPM 5 1. Elaborar el "Aviso de Participación" al Programa de Internado. 2. Preparar el Formulario de Solicitud de Participación. 3. Evaluar que los aspirantes a participantes cumplan los requisitos. 4. Establecer el proceso de entrevistas a los aspirantes. 5. Asegurar la implantación, divulgación y el cumplimiento con lo dispuesto en este reglamento. 6. Ofrecer las orientaciones necesarias para informar a los empleados de la OPM, a los participantes, a los profesores u otro personal universitario sobre el Programa. 7. Servir de enlace entre la OPM y la institución universitaria. 8. Solicitar a las instituciones educativas de donde provengan los participantes que, en la medida de lo posible, la participación en el Programa de Internado conlleve crédito académico. 9. Recibir, informar y orientar a los empleados y a los participantes del Programa. 10. Planificar y efectuar todas las actividades administrativas relacionadas con el Programa. 11. Preparar un informe de labor realizada, logros y proyecciones para someter ante la Autoridad Nominadora en O antes del 15 de agosto de cada año sobre todo asunto acontecido en el Programa en el año fiscal finalizado el 30 de junio de cada año. 12. Notificar a aquellos candidatos seleccionados.
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