Regl. 4170, art. 10
PROCESO DE RADICACION
Length: 526 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 4170, Art. 10
10.1 Revisión de Convocatoria a Subasta
a) Cuando un licitador habiendo radicado una solicitud de revisión
de convocatoria ante el Gerente de Compras no esté de acuerdo
con la decisión emitida por éste, podrá radicar una solicitud de
revisión ante la Junta dentro de los TRES (3) DIAS LABORABLES
siguientes a la fecha del matasellos del correo de la contestación
recibida.
b) El escrito de revisión a convocatoria se presentará en original
y dos (2) copias, a máquina o letra de imprenta y deberá contener
lo siguiente:
1. El número de la subasta.
2. Una relación detallada indicando las partes especÃficas,
especificaciones o condiciones cuyos términos impugna.
4
3. Las razones y argumentos especÃficos en que se basa la
impugnación, incluyendo la evidencia documental y material
necesaria, que indiquen y prueben que las alegaciones
hechas para impugnar la convocatoria a subasta son válidas.
4. Una radicación clara del remedio o acción que se solicita.
5. La firma de la parte recurrente o de su representante
autorizado.
c) Se notificará copia del escrito de revisión mediante correo
certificado con acuse de recibo o personalemtne a todos los
licitadores que de acuerdo con el record sean participantes
en la subasta impugnada.
10.2 Reconsideración de adjudicaciones
a) El licitador que desee interponer ante la Junta de Revisión la
reconsideración de la adjudicación de una subasta deberá radicar
un escrito dentro de los DIEZ (10) DIAS a partir de la fecha de
notificación del Aviso de Adjudicación por conducto del Gerente
de Compras en sus oficinas en el Centro Médico de Puerto Rico,
remitiendo copia a las partes.
b) La solicitud de reconsideración deberá radicarse en original
y dos copias a máquina o letra de molde y deberá contener
lo siguiente:
1. Número de la subasta.
2. Una relación clara y detallada de los hechos en que base sus
alegaciones, la partida o partidas especÃficas de la adjudicación
cuya reconsideración solicita.
3. Una indicación clara del remedio que solicita.
4. La evidencia documental que posee.
5. La firma del licitador al final de la solicitud. Si el licitador
es una sociedad deberá estar firmada por un socio gestor, y
si es una corporación por un Oficial Autorizado. Cuando la
radicación la efectúe un representante legal, su firma será
suficiente.
c) Si del planteamiento y estudio de una protesta por la adjudicación
5
de una substa, la Junta se convenciese de la corrección de la
misma, ésta emitirá su recomendación mediante un informe
detallado al Administrador para su decisión final.
d) La Junta de Revisión estudiará con interés toda solicitud de un
licitador que cumpla con estos requisitos y le informará por escrito
su decisión.
e) La Junta de Revisión determinará la validez de la impugnación en
cuyo caso procederá a resolver la misma por sus méritos.
f) La Junta de Revisión emitirá su decisión por escrito, la cual será
notificada a todas las partes comparecientes, dentro de los DIEZ
(10) DIAS siguientes a la fecha en que se reciba dicha impugnación.
g) La decisión que se emita sobre los planteamientos de la
Promovente serán notificados por escrito a las partes
comparecientes mediante correo certificado, o por entrega personal,
acusándose recibo.